Gobierno argentino reforma Código Civil y permite contratos en moneda extranjera, como Bitcoins

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La canciller Diana Mondino ratificó que se podrán celebrar contratos en Bitcoins, luego de la aprobación del Decreto que habilita la compra y venta con divisas extranjeras. Con humor, Mondino respondió en Twitter que se podrán pactar contratos con “cualquier otra cripto y/o especie como kilos de novillo o litros de leche”.

Además, citó el artículo 766 de Obligación del deudor en el Código Civil y Comercial, que explicita que el deudor debe entregar la cantidad correspondiente de la moneda designada, tanto si la moneda tiene curso legal en la República como si no lo tiene.

En el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación de la economía, el presidente Javier Milei anunció la reforma del Código Civil y Comercial con el objetivo de permitir los contratos en moneda extranjera.

El decreto sostiene que se busca “reforzar el principio de libertad contractual entre las partes” y, por otro, el de “garantizar que las obligaciones contraídas en moneda extranjera deban ser canceladas en la moneda pactada”.

Esto implica una modificación sustancial para el margo legal del funcionamiento de contratos entre privados, que ahora podrán celebrar un contrato en dólares o la moneda que le plazca.

Un claro ejemplo de esto podría darse tras la derogación de la Ley de Alquileres, aunque la modificación no solo se limita a los contratos de alquiler.

El objetivo de la norma es fomentar el bimonetarismo y desalentar la pesificación de contratos que se fijaron en dólares u otra moneda o a la inversa.