Congreso de Perú aprueba reforma constitucional que plantea el retorno a la bicameralidad

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Congreso de Perú/Presidencia del Consejo de Ministros

El pleno del Congreso peruano aprobó con 71 votos a favor, 45 en contra y 6 abstenciones el dictamen de reforma constitucional que plantea el retorno al sistema bicameral en el Congreso. Sin embargo, al no haber superado los dos tercios del número legal de parlamentarios, la reforma constitucional debe ser ratificada vía referéndum.

“Ha sido aprobada la ley de reforma constitucional que restablece la bicameralidad en el Congreso de la República y al no haber superado los dos tercios del número legal de congresistas puede ser ratificada mediante referéndum, conforme a lo dispuesto en el artículo 206 de la Constitución Política del Perú, precisó la presidenta del Congreso, Maricarmen Alva Prieto.

Entre otros puntos, la ley busca la modificación de 53 artículos de la Constitución Política a fin de que exista una Cámara de Diputados, con 130 representantes, y una Cámara de Senadores con 60 miembros. Además, la nueva constitución del Parlamento no creará ni aumentará el gasto público, toda vez que se financiará con el mismo presupuesto con el que cuenta la institución.

De aprobarse la medida, la Cámara de Diputados contaría con un número mínimo de 130 diputados, elegidos por un periodo de cinco años mediante un proceso electoral conforme a ley, número que puede ser incrementado mediante ley orgánica en relación al incremento poblacional.

El Senado estaría conformado por un número de 60 senadores, elegidos por un periodo de cinco años mediante un proceso electoral conforme a ley, asegurando que, por lo menos, se elija un senador por cada circunscripción electoral, por cada una de las regiones.

Por otro lado, para ser elegido diputado se requiere ser peruano de nacimiento, haber cumplido 25 años de edad al momento de la postulación y gozar del derecho de sufragio. Los candidatos a la Presidencia o vicepresidencias de la República, pueden ser simultáneamente candidatos a senador o diputado.